Retenciones anticipadas
El gobierno ya cobró retenciones anticipadas sobre un volumen superior a 10 millones de toneladas.
Esta semana finaliza la cosecha argentina de soja. Pero desde fines del año pasado el gobierno nacional ya cobró retenciones anticipadas por un volumen superior a 10 millones de toneladasde productos del complejo sojero.
La normativa vigente dispone que los exportadores de commodities agrícolas deben pagar derechos de exportación por adelantado en caso de querer disponer de un plazo de embarque razonable de 180 días (vigente desde el momento en el que se autoriza la operación de comercio exterior).
En cambio, si el exportador decide pagar retenciones al momento de liquidar la operación, tiene un plazo de apenas 45 días para efectivizar la salida de la mercadería.
La metodología de la “retención anticipada” permite al gobierno cobrar impuestos sobre una exportación que aún no se concretó para hacerse de dólares frescos rápidamente (operatoria que implica generar un costo financiero al exportador que debe adelantar dólares al gobierno nacional por una venta que liquidará a veces varios meses después).
Desde que se implementó esa metodología –fines de 2009– la recaudación por derechos de exportación comenzó a depender de manera creciente de los volúmenes adelantados por las “retenciones anticipadas”.
La correlación entre ambas variables es evidente. En abril de 2013, por ejemplo, se oficializaron ROE 180 de poroto, harina y aceite de soja por un volumen de 4,76 millones de toneladas (ver planilla). Ese mes la recaudación por retenciones alcanzó una suma de 8809,3 millones de pesos (+25,4 que en el mismo mes de 2012)
Sin embargo, en mayo pasado los ROE 180 de productos del complejo sojero sumaron 1,46 millones de toneladas y la recaudación por derechos de exportación fue de 5399,8 millones de pesos (-6,4% que en mayo de 2012).
Fuente: Valor Soja