Regímenes de información de un productor de granos

Cronograma anual de todas las obligaciones formales que posee en la actualidad un productor agropecuario, ya que de incumplir con alguna de las obligaciones implicaría la suspensión y/o exclusión del Registro Fiscal de Operadores de Granos, la limitación en la autorización para obtener cartas de porte y la no obtención del reintegro sistemático.

28/08/2012 |

Entre las principales obligaciones formales, mencionaremos a las siguientes:

a) Del 1 al 10 de setiembre de 2012 se deben informar las existencias de granos al 31 de agosto de 2012. Resolución General AFIP 2.750.

b) Desde el 1 de julio al 31 de octubre de 2012 se deben informar las hectáreas afectadas a producción agrícola - Anexo II Resolución General AFIP 2.750 -. Cultivos de invierno

c) Desde el 1 de noviembre de 2012 hasta el 31 de enero de 2013 se deben informar las hectáreas afectadas a producción agrícola - Anexo III Resolución General AFIP 2.750 -. Cultivos de verano

d) Actualización de datos Resolución General AFIP 2.300.

e) Registración de los formularios C.1116/B o C.1116/C hasta la hora 0 del octavo día inmediato siguiente al de la fecha de emisión del documento a registrar Resolución General AFIP 2.596, a efectos de obtener el reintegro sistemático.

f) Información de cartas de porte extraviadas o vencidas dentro de los 30 días corridos contados a partir de la fecha en la que se produzca el vencimiento o extravío de las cartas de porte a informar.

g) Resolución General AFIP 2.820 -Registro de Operaciones Inmobiliarias-: Obligaciones derivadas y contratos de aparcería -régimen de retención-.

h) Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios – RENSPA - Agrícola - SENASA -.

i) Declaración de existencias de granos ante la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario - ONCCA – Resolución 684/2008.

j) Régimen de información respecto de la producción de granos no destinados a la siembra de trigo, maíz, soja y girasol. Resolución General AFIP 3.342

k) Otras cuestiones. Se debe controlar que esté inscripto en todas las actividades que desarrolla -por ejemplo, cultivos de soja y de maíz, entre otros-, ya que el no estar inscripto puede generar inconvenientes en la declaración de capacidad productiva, en la obtención de compensaciones -por ejemplo, al trigo y al maíz, entre otros-.

 

Por: Dr. Osvaldo Purciariello
Depto. Técnico Legal Impositivo Arizmendi

BUSCAR

REDES SOCIALES

Más Vistas

ACTUALIDADAmplían inscripción a Diplomatura en Periodismo Agropecuario

Inscripciones abiertas hasta el 1 de junio de 2026. El dictado, completamente virtual, comienza el 9 de junio. La propuesta se cursará los martes de 19:00 a 20:30.

[...]

27/05/2026 16 0

ACTUALIDADBrasil ya exporta más harina de soja que la Argentina

Históricamente, Argentina es el líder mundial en exportaciones de harina de soja. Pero en el primer trimestre, Brasil la superó y la tendencia.

[...]

27/05/2026 16 0

ACTUALIDADLa carne argentina sale a conquistar el interior de China

La carne vacuna argentina redobla su apuesta en China y ahora busca conquistar el corazón del interior del gigante asiático.

[...]

27/05/2026 16 0

CLIMASe confirmó El Niño: oportunidades y riesgos para la campaña

La tendencia climática confirmó que, a partir de la primavera, se podrían registrar precipitaciones por encima de lo normal en gran parte del territorio nacional.

[...]

27/05/2026 16 0

ACTUALIDADAprueban protocolo que regula las aplicaciones en Entre Ríos

Mediante la Resolución Nº 34/2026 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, se aprobó el Protocolo de Buenas Prácticas en materia de fitosanitarios; demandado en el Artículo 14 de la Ley Provincial Nº 11.178.

[...]

02/06/2026 16 0
Redacción:
Dana Olivera Taleb

Editor General
E-mail: dana@momentodecampo.com.ar

Telefono: 0343 154 689678
Sofía Ponce

Redacción
E-mail: sofia@momentodecampo.com.ar

Telefono: 0343 154 640663
Comercial:
Sofía Ponce

Redacción
E-mail: sofia@momentodecampo.com.ar

Telefono: 0343 154 640663
Web:
Gnosis Software

Diseño y Desarrollo
E-mail: info@gnosissoftware.com.ar

Telefono: 0343 - 4221057