Actualizan el Renfo y simplifican trámites fitosanitarios
La Resolución del SENASA consolida un enfoque basado en riesgo, agiliza el registro y digitaliza procesos para los operadores.
Con la publicación de la Resolución 64 en el Boletín Oficial, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) actualizó el marco normativo de su Registro Nacional Fitosanitario de Operadores de Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal (Renfo), con el objetivo de simplificar trámites, brindar mayor previsibilidad a los operadores y optimizar la gestión fitosanitaria.
La nueva normativa sustituye a la Resolución SENASA 1678/2019, abroga la Resolución 221/2024, y define un esquema de registro basado en el análisis de riesgo fitosanitario, que permite mejorar la planificación de las acciones sanitarias.
Entre las principales modificaciones, se destaca la simplificación del registro en el Renfo, ajustando la vigencia de la inscripción de los operadores según la actividad realizada, lo que reduce cargas administrativas y facilita el cumplimiento normativo.
Además, se integran en plataformas digitales oficiales los procesos de inscripción y actualización de datos, promoviendo una gestión más ágil, transparente y eficiente. La actualización también unifica criterios normativos y redefine las categorías de operadores de acuerdo con su nivel de riesgo fitosanitario, estableciendo obligaciones proporcionales.
En este marco, se actualiza el rol del Responsable Técnico, siendo obligatorio exclusivamente para los operadores productores de especies priorizadas y adecuando los requisitos a las características de cada actividad.
Asimismo, la norma incorpora y ordena los requisitos fitosanitarios específicos por grupo de especies, lo que contribuye a una mayor claridad normativa y a una fiscalización más eficiente, alineada con los estándares técnicos y fitosanitarios vigentes.






