Declaran por siete meses la emergencia agropecuaria

Así lo dispuso el Gobierno de Gustavo Bordet hasta julio ante la grave sequía que impacta en diferentes sectores productivos. Habrá diferimentos impositivos. 

26/01/2022 | EN ENTRE RIOS

El gobierno de Entre Ríos declaró en estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuaria desde el 1 de enero hasta el 31 de julio de 2022, a las explotaciones agrícolas de maíz y sorgo, ganaderas bovina, caprina y ovina, tamberas, hortícolas, pecaneras, citrícolas y forestales de toda la provincia.

La medida se tomó teniendo en cuenta el evento climático de sequías agravado por las altas temperaturas. Era uno de los fuertes reclamos que levantó fundamentalmente la Mesa de Enlace en Entre Ríos para pedir medidas paliativas a la gestión de Gustavo Bordet.

“Cumplimos con el compromiso asumido ante el sector productivo de generar asistencia y herramientas que permitan recomponer el capital de trabajo a quienes sufrieron los efectos de estos eventos climáticos, y lo hacemos consensuando junto a las entidades agropecuarias los alcances de esta declaración de emergencia que será elevada en las próximas horas al gobierno nacional”, expresó el gobernador tras conocerse el decreto.

El mandatario encabezó hace pocos días un encuentro de trabajo con representantes de la Mesa de Enlace, entidades gremiales, académicas y científicas para abordar la coyuntura del sector, con quienes acordó acciones de asistencia inmediata y políticas a largo plazo.

En ese marco, reveló que se trabaja en líneas de crédito para que los productores afectados por la sequía puedan recomponer el capital de trabajo de cara a la próxima siembra, y destacó que la provincia ha avanzado en la eliminación de impuestos distorsivos.

Además adelantó que gestionó ante el jefe de Gabinete, Juan Manzur, la liquidación de la devolución a los productores de los saldos técnicos de IVA provenientes de los derechos a las exportaciones.

“Sostener el sistema productivo es un objetivo que compartimos y sobre el cual trabajamos juntos. Nuestro gobierno siempre ha tenido esa vocación: sentarse en la mesa cada vez que se lo requiere, y construir políticas públicas que atiendan los problemas de mediano y largo plazo del sector”, explicó.

Declaración jurada

Los productores agropecuarios afectados deberán presentar una declaración jurada conforme los formularios que disponga el Ministerio de Producción, conformada por un profesional de las Ciencias Agropecuarias y avalada por una entidad público/privada representativa y/o vinculada al sector afectado y quedará sujeta a la verificación individual por parte de las áreas específicas de la Secretaría.

En la Secretaría de Agricultura y Ganadería de la Provincia recepcionará por 60 días corridos a partir de hoy, las declaraciones juradas emitidas por los productores afectados. La misma Secretaría queda facultada a instrumentar las verificaciones de los daños producidos, para aprobar mediante el dictado de normas de su competencia, los listados de los productores incluidos en la emergencia, para la inclusión en los beneficios.

Además, el Ministerio de Producción gestionará ante el Poder Ejecutivo Nacional los instrumentos necesarios para la declaración de emergencia y de acuerdo a los alcances del Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios- Ley N° 26.509.

La declaración de emergencia instruye a la Administradora Tributaria de Entre Ríos que disponga el diferimiento y planes de pago especiales de los vencimientos del anticipo único y los anticipos 1º y 2º del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub Rural 2022 a una fecha posterior al 31 de agosto del 2022.

Daños

La Comisión de Emergencia Agropecuaria concluyó en que los daños sufridos en la producción agrícola y ganadera, como consecuencia del déficit hídrico acaecido a partir del mes de mayo del 2021, agravó con las altas temperaturas en algunos casos, superando registros históricos.

Se señaló que dicho acontecimiento climático de carácter imprevisible y/o inevitable conforme estimaciones realizadas, ha provocado en muchos casos daños considerables a la producción o capacidad productiva de las actividades correspondientes.

Tal situación, se especificó, impactó por un lado en los cultivos estivales, principalmente de maíz y sorgo, atento al estado de desarrollo en que se encontraban, lo cual acarrea consecuencias en otras actividades productivas de la provincia, tales como la ganadería mayor y menor de carne y leche, que ven afectada su capacidad productiva ante la disminución de la oferta forrajera de pasturas naturales e implantadas, la poca realización de reservas necesarias para el invierno y el consumo anticipado de las mismas, como así también en otras relacionadas que ven comprometida su continuidad producto de factores de origen climáticos.

Se ponderó que el sector forestal de la provincia sufrió por consecuencia de la sequía el incendio de un importante número de hectáreas ocasionando pérdidas irreparables en plantaciones de más de 10 años de edad.

Del relevamiento en el territorio provincial con referentes de cada región surge que el 90 % de los encuestados refiere una situación de sequía con serio compromiso de las reservas hídricas en su región, lo cual compromete seriamente los cultivos de maíz y sorgo, la ganadería en general, viendo afectadas no solamente la provisión de forraje, sino las aguadas y tajamares que se encuentran afectados repercutiendo en el estado general del rodeo, entre otras actividades productivas.

Ante la gravedad de los daños relevados, de carácter excepcional y que por su magnitud dificultarán el cumplimiento de las obligaciones fiscales y crediticias a los actores involucrados, resulta procedente dictar un instrumento legal que formalice la entrega de certificaciones oficiales a los productores afectados, lo cual podrá ser verificado por parte del organismo competente dependiente de la cartera productiva, a fin de cumplimentar con los requisitos necesarios para ser incluidos en los beneficios que prevé en cada caso la Ley Provincial N°10.836 y su correlato Nacional Ley N° 26.509;

De acuerdo a lo previsto en la citada normativa, serán incluidos en los beneficios que prevé la declaración de emergencia los productores que el estado provincial certifique han visto afectada su producción en los porcentajes mínimos allí indicados.

Fuente: Dos Florines

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