Fijan límites mínimos de tenor alcohólico real para vinos
El Instituto Nacional de Vitivinicultura fijó, por resolución publicada en el BoletÃn Oficial, para los vinos Cosecha 2012, unificados con remanentes de elaboraciones anteriores que se liberarán al consumo a partir del 1 de junio, los lÃmites mÃnimos de tenor alcohólico real.
El Instituto Nacional de Vitivinicultura, por Resolución 24/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial, fijó para los vinos Cosecha 2012, unificados con remanentes de elaboraciones anteriores que se liberarán al consumo a partir del 1 de junio del corriente año, los siguientes límites mínimos de tenor alcohólico real:
- Provincia de Mendoza y San Juan: Vinos Blancos, Tintos y Rosados: 12,90% v/v
- Provincia de San Luis: Vino Tinto: 13,80% v/v
La resolución aclara que el grado alcohólico establecido corresponde al alcohol real, entendiéndose como tal el contenido en el vino, determinado mediante método oficial, sin tener en cuenta el alcohol potencial del probable contenido de azúcares reductores remanentes de su fermentación.
Establece que los Análisis de Libre Circulación requeridos a partir de la fecha indicada deberán reunir los requisitos establecidos mencionados anteriormente.
Señala, además, que los correspondientes análisis de vinos 2011 y anteriores, excluidos los varietales, caducarán automáticamente a los 30 días corridos a partir de la liberación de los vinos cosecha 2012 y anteriores, sin que ello signifique reconocimiento de aranceles por los volúmenes no despachados, excepto aquellos cuyo vino base posea el grado establecido en la resolución.
La resolución lleva la firma del titular del Instituto Nacional de Vitivinicultura, Guillermo D. García.