Prorrogan beneficios sociales para trabajadores temporarios
El Gobierno nacional prorrogó por un año los beneficios sociales para trabajadores rurales temporarios y estacionales, mediante el Decreto 1204/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial.
El Gobierno nacional prorrogó hasta agosto de 2027 un régimen que permite compatibilizar determinados beneficios sociales con el empleo rural registrado, incluidos trabajadores entrerrianos.
La disposición extiende la vigencia del Decreto 514/2021 por un año, contado desde el 1° de septiembre de 2026. De esta manera, el régimen continuará vigente hasta el 31 de agosto de 2027.
El objetivo es sostener un mecanismo que permite a los trabajadores rurales acceder a empleos formales sin perder automáticamente determinados beneficios de protección social. La decisión también alcanzó a sus grupos familiares, de acuerdo con las condiciones establecidas en la normativa.
El régimen establece que las asignaciones familiares correspondientes a quienes sean contratados bajo las modalidades contempladas no podrán ser inferiores al 100% del valor de la Asignación Universal por Hijo (AUH), según los requisitos y condiciones fijados por las disposiciones complementarias.
Además, permite que las personas titulares de determinados programas y prestaciones sociales mantengan esos beneficios cuando accedan a empleos rurales temporarios o estacionales registrados.
Esto significa que los trabajadores comprendidos podrán combinar el acceso al empleo formal con la continuidad de las prestaciones habilitadas por la normativa, sin que la contratación implique necesariamente la pérdida de esa cobertura.
En los fundamentos del decreto, el Poder Ejecutivo explicó que la continuidad de estas disposiciones fue solicitada por representantes de las economías regionales, asociaciones sindicales y entidades de productores.
Según señaló el Gobierno, las medidas implementadas desde 2021 contribuyeron a promover el trabajo registrado, mejorar los ingresos y fortalecer las condiciones de vida de los trabajadores rurales y sus familias.
El régimen había sido prorrogado anteriormente mediante el Decreto 777/2025, que extendió su vigencia por un año desde septiembre de 2025. Ante el vencimiento de ese período, el Ejecutivo resolvió mantenerlo durante otros doce meses.
La continuidad del sistema permite sostener las condiciones de compatibilidad entre el empleo rural registrado y las prestaciones sociales comprendidas, un aspecto relevante para trabajadores que alternan períodos de actividad laboral con etapas sin contratación.
Asimismo, la disposición mantiene un mecanismo orientado a facilitar la registración laboral en las economías regionales, sin establecer nuevas obligaciones generales para todos los productores.
El artículo primero del Decreto 1204/2026 estableció expresamente la prórroga del Decreto 514/2021 y de sus normas complementarias y aclaratorias aplicables por el término de un año, contado desde el 1° de septiembre de 2026.
Por lo tanto, los beneficios y condiciones contemplados en ese régimen se mantendrán hasta el 31 de agosto de 2027, salvo que una nueva disposición modifique o extienda su vigencia.






