.: MOMENTO DE CAMPO :.

Aclaran que el pago de arriendo no está atado al dolar soja

Agricultura difundió la información con el objetivo de despejar cualquier inquietud relacionada al tema; también alcanza a la compra de soja para alimentos balanceados.

17/04/2023 | AGRICULTURA

La reglamentación del nuevo dólar soja, que rige hasta el 31 de mayo, inundó de dudas al mercado de granos. Uno de los aspectos a dilucidar era qué iba a pasar con los alquileres, algo que finalmente se aclaró en la Resolución de la Secretaria de Agricultura.
"Al solo objeto de despejar cualquier inquietud que eventualmente pudiera surgir en los actores de los distintos eslabones de la cadena productiva respecto al alcance de la operatoria del Programa de Incremento Exportador (conocido como dólar soja), se aclara que aquellos sujetos que no estén adheridos a dicho Programa, sea para operaciones tales como pago de alquileres de campo, compra de pellets y/o harina para consumo animal, procesamiento para alimentos balanceados, y/o cualquier otro tipo de operación, no se encuentran alcanzados por lo establecido", detalla el anexo de la Resolución 115/2023 que se publicó hoy.
De esta forma, Agricultura establece que los dueños de los campos no podrán acceder al contravalor excepcional y transitorio de un dólar a $300 para la soja.
A modo de referencia, Agricultura publicará de manera extraordinaria y transitoria la capacidad de pago de la industria (o FAS Teórico) para aquellos sujetos adheridos al dólar soja y los que no entran.
 
Propuesta de alquileres bajo dólar soja
El economista Salvador Di Stefano planteó su postura respecto al pago de alquileres, sobre todo teniendo en cuenta que gran parte de la producción se realiza bajo esta modalidad: "Creo que tendremos que reformular los alquileres ya que, con la aparición del dólar soja, muchas cosas cambian".
 
Al respecto, realiza una especie de preguntas y respuestas:
¿Qué recomendaciones nos podés hacer?
Salvador Di Stefano: Con un grupo calificado de productores tiramos algunas ideas que podrían ser de alta utilidad, de ningún modo somos dueños de la verdad, cuanto más se hable el tema, creo que estaremos más cerca de algún acuerdo razonable.
¿Vamos a las reflexiones?
Salvador Di Stefano: Lo primero que tenemos que aclarar es que este cambio en los contratos debe realizarse en función de que el Estado intervino el mercado de granos con tipos de cambios diferenciales que cambiaron la ecuación económica y ahora hay que readecuar los contratos existentes. Los dos grandes temas a contemplar es un tipo de cambio diferencial que complica el escenario del productor. Por otro lado, la desaparición del precio pizarra, algo que la Bolsa de Comercio de Rosario no pudo resolver.
 
¿Cómo se resuelven estos dos temas?
Salvador Di Stefano: En primer lugar, deberíamos cambiar la forma de realizar los contratos, el que siembra soja que pague soja, pero el que siembra maíz, trigo u otro producto que realice un contrato en maíz, trigo u otro producto, de lo contrario no son manejable los costos. Los contratos podrían ser a quintales fijos o a porcentaje.
En segundo lugar, hay que dejar de utilizar el precio pizarra para los contratos. Se dan muchas discusiones cuando no hay un precio cierto. Desde nuestro punto de vista, habría que tomar el precio soja a futuro mayo de la campaña en curso. Por ejemplo, para pagar el alquiler de la próxima campaña se debe tomar el precio soja futuro mayo 2024, que hoy está en U$S 363,5. El tipo de cambio que se utilice debería ser el del día que se realiza el pago, por ejemplo, si hacés pagos parciales, pagás el precio futuro de la soja mayo 2024 por el precio del dólar del día que se paga. De esta forma el productor puede ir calzando sus costos en el mercado de futuro o bien realizando ventas a futuros a la exportación con precio determinado. Cuando el dueño del campo no quiera cobrar y esperar, puede plantearlo y especular con un mayor precio, pero siempre teniendo en cuenta el precio de la soja futura a mayo 2024 fecha límite para cobrar. Los pagos se realizarán en pesos, por lo tanto, el dueño del campo no necesita inscribirse en ningún registro para cobrar, es más puede fijar precio durante el contrato de alquiler cuando lo desea y cobrarlo a mayo del año 2024, el productor deberá decidir si se calza o no para enfrentar esa obligación.
 
¿Cómo debería ser el contrato?
Salvador Di Stefano: Dada la sequía imperante y los pésimos resultados, muchos dueños de campo desean dejar de alquilar a porcentaje, pretenden un ingreso fijo y predeterminado. Los productores no desean pagar más precios fijos, dado que la sequía hace que paguen más del 100% de lo que tienen de ingreso.  Para nosotros lo mejor en el contrato es un precio piso y luego llevar los valores a resultado. Por ejemplo, un campo en zona núcleo paga 16 quintales sobre un rinde estimado promedio de 40 quintales. Nuestra propuesta es que se realice un contrato por un alquiler de 10 quintales, por una producción de 28 quintales por hectárea, y que este sea el precio base del cálculo. Desde ese rinde en adelante, los quintales que se consigan se reparten por partes iguales, y se pagan al final del contrato. De esta forma el productor gana en su planificación financiera, porque el pago que adelanta del alquiler es significativamente inferior al de años anteriores. Los mayores pagos se realizan terminada la campaña. Aclaramos que no se paga en quintales físicos, el equivalente de quintales físicos en pesos. 
 
¿Me das un ejemplo?
Salvador Di Stefano: Supongamos que pagás un alquiler en cuatro pagos. El primero antes de sembrar, el segundo en octubre, el tercero en diciembre y el último finalizada la campaña.
Primer pago 2,5 quintales determinado por el precio futuro mayo 2024 y al tipo de cambio del día de pago. Así sucesivamente los otros pagos.
Si al finalizar la campaña el rinde del campo fue 40 quintales, el arrendador (dueño) cobraría 6 quintales adicionales, al precio de la posición dólar mayo 2024 al valor del dólar que esté en dicha fecha. El alquiler total sería de 16 quintales por un rinde de 40 quintales.
Si al finalizar la campaña el rinde del campo fue 50 quintales, el arrendador (dueño) cobraría 11 quintales adicionales, con lo cual el alquiler total será de 21 quintales por un rinde de 50 quintales.
 
¿Qué hacemos con el dólar soja?
Salvador Di Stefano: Respecto del que siembra soja no hay problema porque el precio se termina calzando, es soja por soja, el problema es para el que no realiza soja, aquí hay dos alternativas. La primera es realizar contratos fijados en el mismo producto que se siembra, de esta forma despejamos el problema, el productor siembra maíz y paga un alquiler en maíz, pagando precio a futuro próxima campaña y al tipo de cambio del día que se realice el pago. Una segunda alternativa podría ser hacer los contratos en soja, pero repartir las ganancias del mayor precio del dólar soja, por ejemplo, del mayor valor del dólar soja repartir un 50% para el dueño de la tierra, y un 50% para el productor.

Fuente: Agrofy News

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