Confirman que la Rural es la dueña del predio de Palermo
La Cámara Federal, que el viernes suspendió la estatización del predio de la Rural de Palermo ordenada por la presidenta Cristina Kirchner, difundió ayer los fundamentos de su decisión, que, en los hechos, le ponen un fuerte lÃÂmite al Poder Ejecutivo: le recordó que no puede desconocer el derecho de propiedad.
El tribunal reconoce que la Sociedad Rural Argentina (SRA) es dueña del predio y sostiene que violar ese derecho mediante un decreto es "un despojo" que afecta "la división de poderes".
El viernes último, la Cámara Federal en lo Civil y Comercial suspendió la obligación de la SRA de desalojar aquel inmueble antes del 20 de enero y, también, paralizó la aplicación del decreto 2552, por el cual la Presidenta había dispuesto, por sí misma y sin intervención de juez alguno, que aquel inmueble debía volver al patrimonio del Estado.
Apenas dictada aquella medida cautelar, que es patrocinada por los especialistas Juan Carlos Cassagne y Ezequiel Cassagne, los funcionarios del Gobierno dejaron trascender su profundo malestar, al igual que la Presidenta. El sábado, Cristina Kirchner difundió 22 tuits en los que se refirió al citado tribunal como "Cámara en lo Clarín y en lo Rural", que siempre "defiende las corporaciones".
Por su parte, el ministro de Justicia, Julio Alak, anunció que el Gobierno presentará un recurso para sacar la causa del fuero en lo civil y comercial y enviarla a la justicia en lo contencioso administrativo, más permeable a las presiones. Además, el Gobierno presentará otro recurso extraordinario para darle intervención a la Corte.
Las reacciones del Gobierno tuvieron lugar aun antes de que la Cámara Federal difundiera los argumentos de su sentencia.
A nadie se le escapa que esas críticas prematuras, o por lo menos apresuradas, no sólo pretendían restarle credibilidad a la Cámara Federal, sino también condicionarla para cuando llegue su momento de tomar una decisión en otro caso de altísimo voltaje político: la ley de medios y el Grupo Clarín.
En efecto, la Cámara Federal Civil y Comercial se mostró muy poco permeable a las presiones que vino ejerciendo el Poder Ejecutivo, que en la causa del Grupo Clarín recusó a todos sus integrantes y los denunció penalmente.
Esa Cámara es la que, hace 20 días, decidió prorrogar la cautelar que protege al Grupo Clarín y, ahora, vino con otro fallo, el caso de la Rural, que representa un durísimo revés para el Poder Ejecutivo.
De todos modos, ayer, al margen de cualquier interpretación, la Cámara Federal dio a conocer los fundamentos de la medida cautelar con la que benefició a la SRA.
De la lectura de la sentencia, que lleva la firma de los camaristas Francisco de las Carreras, Graciela Medina y Ricardo Guarignoni, surge que ese tribunal hace una fuerte defensa de los derechos constitucionales.
Los fundamentos que expone el tribunal son eminentemente técnicos, pero significan un claro límite a la tendencia de la primera mandataria de avasallar los derechos constitucionales mediante el simple argumento de un decreto de necesidad y urgencia.
De esta manera, la Cámara destacó que "la urgencia de dictar la cautelar es evidente" ante la posibilidad de que el Gobierno "despoje a la SRA de la propiedad que le fue vendida por escritura pública sin indemnización, sin juicio y sin devolución previa de lo pagado ni de lo invertido", dice la sentencia.
EL DECRETO
En línea con el reconocimiento de la garantía constitucional de los derechos, la sentencia sostiene que el decreto 2552 que dictó la Presidenta el año último "encontraría serias limitaciones en el derecho de propiedad, en el principio de división de poderes y en debido proceso legal".
Todos los constitucionalistas consultados por LA NACION coinciden con la Cámara Federal Civil y Comercial en señalar que la Presidenta no tenía atribuciones constitucionales para dejar sin efecto una compraventa por decreto.
Además, la sentencia recuerda que el decreto mediante el cual el ex presidente Carlos Menem decidió vender el predio de Palermo a la SRA dio lugar a "una verdadera compraventa, que se perfeccionó con una escritura ante el escribano general de Gobierno de la Nación en mayo de 1992".
Para la Cámara Federal Civil y Comercial, la operación "fue inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble", recuerda la sentencia. En este sentido, señaló que esa compraventa fue "un contratación privada" y si el Poder Ejecutivo quería dejarla sin efecto debía solicitar la nulidad de aquel decreto a un juez. Para la Cámara Federal, el decreto de la Presidenta que pretende "extinguir la propiedad adquirida por la SRA, por sí y ante sí, conculca los derechos de jerarquía constitucional adquiridos por La Rural hace más de veinte años".
"El Estado nacional carecería, en principio, de legitimación para intentar recuperar un bien que vendió hace más de veinte años" recurriendo, ahora, "a un acto unilateral". Y agrega: "Aun cuando el precio hubiera sido vil, como lo sostiene el Poder Ejecutivo, el Estado debería recurrir a la vía judicial para dejar sin efecto aquel acto que consideraba lesivo, ya que no podía rescindir el contrato por sí y ante sí, de conformidad con los fallos de la Corte Suprema".
Para la Cámara, la decisión de afectar el derecho de propiedad requiere la "exclusiva intervención de los jueces y son ajenas al Poder Ejecutivo, lo que hace en definitiva al Estado de Derecho", dice la sentencia.
LOS ARGUMENTOS DEL FALLO
Principales ejes conceptuales de la Cámara Federal
Contrato y escritura
El fallo recuerda que en 1991, entre el Gobierno y la SRA se celebró una compraventa y que al año siguiente se otorgó una escritura pública ante la Escribanía General de Gobierno
La SRA es la dueña
"Es verosímil sostener que la propietaria del predio ferial de Palermo es la Sociedad Rural Argentina, según surge de esa escritura"
Crítica al decreto 2552/12
"La decisión de revocar ese acto sólo puede ser tomada con la intervención de los jueces y, por ende, es ajena al Poder Ejecutivo"
La apelación
El ministro de Justicia, Julio Alak, dijo que va a plantear la incompetencia de la Cámara Federal Civil y Comercial. Pero ese tema ya fue decidido y no prosperaría. El único camino que le queda al Gobierno es presentar un recurso para ir a la Corte
Finalmente, María Angélica Gelli, catedrática de la Universidad de San Andrés, explicó: "La nulidad de una venta siempre debe pedirse a la Justicia. Un presidente, por decreto, no puede hacer cualquier cosa"..
Del editor: qué significa:
Más allá de lo político, el fallo de la Cámara no deja dudas de que el Gobierno extralimitó su poder al avanzar por decreto con la estatización de la Rural
Fuente: Por Adrián Ventura | LA NACION